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2017 REVISIÓN DE CONTRATOS APROBADOS POR EL CONSEJO ADMINISTRATIVO

By 1 enero, 2017noviembre 7th, 20222017

El Infonavit contaba con la invitación formulada por el Sector Empresarial en la Sesión Ordinaria Número 114 de la Asamblea General del 28 de abril y 3 de mayo de 2017, para que en el corto plazo se instrumentaran las soluciones habitacionales que ya habían sido aprobadas por el Consejo de Administración y que permitieran integrar el abanico de opciones hipotecarias para los trabajadores, entre las que se encontraba la movilidad hipotecaria, y, para tal efecto se solicitó al despacho Peña Briseño – Peña Barba – Palomino desarrollar una propuesta de acciones a seguir por parte del Instituto. Éstas fueron: 

− La Dirección General debe notificar al Consejo de Administración las conclusiones del análisis legal señalado y, en función de ello, debe exponer las razones por las cuales los contratos no pueden continuar.

− El Consejo de Administración deberá analizar dicho informe y resolver al respecto.

− Es altamente probable que el único acuerdo que tome el Consejo sea la terminación inmediata de los convenios y contratos con Telra. 

− En ejecución de la resolución del Consejo, si fuese el caso, se deberá de notificar dicha terminación a TELRA con las formalidades correspondientes, ya que optar por la rescisión judicial implicaría los siguientes riesgos: i) reconocer la existencia y validez de los contratos, lo cual no es correcto jurídicamente, y ii) que el Infonavit no cuente con todos los elementos, pues se presume que TELRA puede tener documentación firmada por la anterior administración, misma que se desconoce. 

− El Instituto deberá, en su momento, presentar las denuncias de hechos correspondientes ante el Ministerio Público y la Contraloría del Infonavit, para que determinen la posible comisión de delitos y faltas para deslindar responsabilidades.

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